El Consejo de Cuentas recomienda nuevas actuaciones al Ayuntamiento para su Plan Municipal de Igualdad
El Pleno del órgano de control externo aprueba una auditoría de cumplimiento de la normativa de planes de igualdad por parte de 14 ayuntamientos de más de 20.000 habitantes | La Institución recomienda a la capital leonesa remitir su plan de igualdad de empleados públicos al Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, y realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos previstos en su plan interno con la periodicidad establecida
El Pleno del Consejo de Cuentas aprobó el jueves 27 de febrero el informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de planes de igualdad por los municipios de más de 20.000 habitantes de Castilla y León (las nueve capitales de provincia más los ayuntamientos de Aranda de Duero, Miranda de Ebro, Arroyo de la Encomienda, Laguna de Duero y Medina del Campo).
La fiscalización no se realizó en Ponferrada y San Andrés del Rabanedo por ser estos ayuntamientos objeto de auditorías específicas, la primera ya publicada en 2024 y la segunda en elaboración actualmente.
El Consejo de Cuentas opina que los ayuntamientos fiscalizados han cumplido con su competencia legalmente atribuida sobre promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, y lucha contra la violencia de género, utilizando como instrumentos de actuación los planes municipales externos de igualdad de oportunidades, de conformidad con la Ley Orgánica de Igualdad, la Ley reguladora de bases de régimen local y la Ley 1/2003, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla y León.
Plan interno de igualdad
También, mayoritariamente, los ayuntamientos han cumplido con su obligación de aprobar un plan interno de igualdad de los empleados públicos como compromiso con la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, y con la lucha contra la discriminación por razón de sexo.
Con carácter general, se han cumplido los requisitos de registro de los planes internos, aunque el Ayuntamiento de León es uno de los que aún no lo ha hecho. También se ha cumplido, salvo el Consistorio de Laguna de Duero, con los requisitos de publicidad de estos.
Por otro lado, todos los municipios prevén el seguimiento y evaluación de sus planes y de los objetivos definidos en los mismos, si bien León es uno de los seis que no lo han efectuado.
Necesidad de un calendario de actuación para León
Entre las conclusiones referidas al plan municipal de igualdad de oportunidades se recoge que León es una de las capitales que no establecen un calendario específico o marcan un plazo para sus actuaciones. En cuanto al seguimiento y evaluación, tampoco contempla, a efectos de verificación de cumplimiento, indicadores cualitativos o cuantitativos.
Con referencia al plan de igualdad de empleados públicos, el Consistorio leonés formalizó en abril de 2024 un nuevo plan interno. No obstante, no lo remitió al Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, conforme a la normativa, ni al Registro de Planes de Igualdad de las empresas (REGCON).
El diagnóstico previo a la elaboración del plan interno del ayuntamiento contiene una referencia expresa a la prevención del acoso sexual y se refiere a protocolos de prevención. Por otra parte, el Consistorio figura entre los que prevén medidas de discriminación positiva en la resolución de procesos selectivos o de promoción del personal en casos de empate, así como la ponderación de pruebas físicas y adaptación de baremos con perspectiva de género.
León es una de las capitales que pondera pruebas físicas o prevé la revisión de los requisitos, tipos de pruebas y baremos utilizados en los procesos selectivos en caso de impacto negativo de género, cuya razonabilidad y proporcionalidad pasaría por un análisis exhaustivo de los requisitos y capacitación necesarios para el desempeño de este tipo de puestos de trabajo de exigencia física, en virtud de las funciones y tareas que a los mismos se atribuyen.
Sin evaluación del plan
De otra parte, este ayuntamiento es uno de los que no han efectuado el seguimiento y evaluación de su vigente plan, aunque señala que, si bien no se ha realizado una evaluación formal sobre su contenido, se ha llevado a cabo, con determinados condicionamientos, el seguimiento fáctico del mismo por parte de la sección de políticas de igualdad.
Como consecuencia de las 41 conclusiones que refleja el informe y de la opinión emitida, la institución de control externo realiza 10 recomendaciones a las entidades fiscalizadas, tanto sobre los planes de igualdad externos (planes municipales de igualdad de oportunidades), como sobre los internos (planes de igualdad de los empleados públicos), así como también sobre la ejecución de los planes.
Con relación a su Plan Municipal de Igualdad (externo), el Consejo recomienda a la capital leonesa que debiera fijar en este un calendario de actuaciones con plazos específicos para ejecutar las medidas previstas en el mismo. Y que, a su vez, debería, como forma de evaluación, definir indicadores, cualitativos o cuantitativos, de cumplimiento de los objetivos y acciones previstos en su plan.
Con relación a su plan de igualdad de empleados públicos (interno), las recomendaciones pasan, por un lado, por que remita este al Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas.
El Ayuntamiento de León figura además entre los que deberían realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos previstos en sus planes internos con la periodicidad establecida.
Difusión de las medidas de conciliación
Sobre la ejecución de estos planes, el Consejo de Cuentas recomienda también que debería difundir entre su personal el conocimiento de las medidas de conciliación de la vida laboral y personal, debiéndose verificar el cumplimiento de estas acciones a través de los indicadores definidos.
El informe que hoy divulga el Consejo de Cuentas es una auditoría combinada (legalidad y operativa) en la que se ha verificado el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad entre hombres y mujeres, y se han analizado las actuaciones desarrolladas por las entidades locales para hacer efectivo dicho principio.
Comprobando, en primer lugar, el cumplimiento en 2023 de la normativa sobre planes de igualdad, tanto internos como externos, y en segundo término analizando las iniciativas llevadas a cabo en el marco de la planificación aprobada, así como su evaluación y seguimiento.
En el ámbito externo, los planes municipales de igualdad de oportunidades constituyen el instrumento de actuación administrativa para el desarrollo y aplicación de las políticas públicas de igualdad y la lucha contra la violencia de género. Con carácter interno, los planes de igualdad de los empleados públicos se dirigen a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
11 de los 14 ayuntamientos con plan interno de igualdad aprobado
La fiscalización concluye que 11 de los 14 ayuntamientos analizados, entre ellos el de León, aprobaron, previa negociación colectiva, un plan interno de igualdad de los empleados públicos.
Los planes de todas las entidades, salvo los de León y Palencia, estaban vigentes al inicio de la última legislatura. El Consistorio leonés formalizó en abril de 2024 un nuevo plan interno de igualdad.
La Constitución Española recoge en su artículo 14 como derecho fundamental la igualdad de las personas ante la Ley y prohíbe cualquier tipo de discriminación, entre otras, por razón de sexo. Además, en su artículo 9.2 consagra la obligación por parte de los poderes públicos de promover las condiciones para que esa igualdad sea efectiva.
Sobre el papel específico de las entidades locales, la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de 2007, señala que “integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a tal efecto, con el resto de las Administraciones Públicas”.