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El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad

El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El Supremo ratifica los 18 años de cárcel al condenado por el crimen de la Universidad. En las imágenes, durante las sesiones del juicio. Fotos: Campillo
El auto, al que ha tenido acceso Heraldo de León, desestima el recurso que en base a cinco puntos presentó la defensa del joven que mató de una puñalada a Mario Fuentes


El Tribunal Supremo ha ratificado este martes la pena de 18 años de prisión al condenado por el crimen de la Universidad. El auto, al que ha tenido acceso Heraldo de León, desestima el recurso de la defensa del joven que mató de una puñalada a otro estudiante, Mario Fuentes, en el entorno del pabellón de la Torre.

De este modo ratifica el veredicto de culpabilidad emitido por el Tribunal del Jurado en el que se condena a Jorge Cervantes Bello como autor de un delito de asesinato consumado en la persona de Mario Fuentes imponiendo la pena de 18 años de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

La sentencia impone al condenado la prohibición de aproximarse a los padres y hermano de Mario Fuentes Gutiérrez, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio a una distancia no inferior a quinientos metros, así como la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio, oral, escrito, visual, informático o telemático, a través de redes sociales o de mensajería instantánea y ello por tiempo de veinte años.

En concepto de responsabilidad civil el asesino deberá indemnizar a los padres de Mario Fuentes Gutiérrez con 89.005 euros y al hermano con 32.120 euros.

La condena respeta la argumentación esgrimida por la acusación de la familia, representada por el letrado leonés Fernando Santocildes.

Desestimación

El Supremo desestima los cinco puntos del recurso de la defensa del asesino basado, en el primer caso, y "en su compleja exposición del motivo" en que "no se juzgara por el Tribunal del Jurado todos los hechos que acaecieron la noche del 16 de mayo de 2021, por entender que ello le pudo perjudicar, vulnerando así su derecho a la defensa".

Además se reclamaba el "quebrantamiento de forma indicando expresamente que en cuanto en el procedimiento y en la sentencia se ha incurrido en quebrantamiento de las normas o garantías procesales del procedimiento o de la sentencia, causantes de indefensión".

El tercer motivo de reclamación alegaba un "quebrantamiento de forma en cuanto en el procedimiento, ya que en la sentencia se ha incurrido en quebrantamiento de las normas y garantías procesales que causan indefensión, habiéndose efectuado la oportuna reclamación de subsanación, concretado la alegación en la existencia de defectos en el objeto de veredicto, tanto en la proposición del objeto de aquel, como en la parcialidad en las instrucciones dadas al jurado, habiéndose originado indefensión".

Otras alegaciones

La penúltima alegación aducía "infracción de preceptos constitucionales, en concreto del principio de presunción de inocencia, tutela judicial efectiva, interdicción de la arbitrariedad e in dubio pro reo. En el desarrollo del motivo se alega vulneración del principio de presunción de inocencia por inexistencia de prueba de cargo sobre la causa y circunstancias en el fallecimiento, existencia de alevosía, además de la ausencia de elementos objetivos y subjetivos de los tipos delictivos." 

Los cinco motivos restantes se articulan por infracción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con la circunstancia de alevosía prevista y, en relación con la subsunción en figura, entre otras".

El supremo desestima cada uno de los argumentos esgrimidos por la defensa ratificando la condena a 18 años de prisión.