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El TSJCyL considera ilegal el recorte aplicado en 2023 por Vox a las subvenciones por participación institucional de los sindicatos

Un fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce el derecho de CCOO a recibir una ayuda de algo más de 1,2 millones de euros
 
El secretario general de CCOO en Castilla y León, Vicente Andrés, y la abogada del servicio jurídico del sindicato, Lorena Vega, analizan una sentencia del TSJCyL. Foto: Miriam Chacón.
El secretario general de CCOO en Castilla y León, Vicente Andrés, y la abogada del servicio jurídico del sindicato, Lorena Vega, analizan una sentencia del TSJCyL. Foto: Miriam Chacón.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia en la que considera ilegal la decisión adoptada en 2023 por la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de recortar a la mitad las subvenciones que recibían los sindicatos en la Comunidad por su participación institucional. En la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se estima un recurso presentado por CCOO y se reconoce su derecho a recibir una subvención de algo más de 1,2 millones.

El secretario general de CCOO Castilla y León, Vicente Andrés, aseguró que la sentencia establece con claridad la “legitimidad y la representatividad de los sindicatos” acorde con la Constitución y con leyes como la del Diálogo Social y, con ello, la financiación que corresponde a las organizaciones sindicales.

Además, recalcó que la sentencia es una gran noticia para el sindicato, dado que se restituye la legalidad y rechaza las actuaciones “unilaterales” e “ilegales” tomadas por la Consejería de Comercio, Industria y Empleo cuando estaba en manos de Vox, pero también para la sociedad y las instituciones de Castilla y León. En este sentido, explicó que aunque Vox dejó fuera de los presupuestos de la Junta de 2023 las partidas de representatividad de los sindicatos, la sentencia deja claro que se trata de un derecho que no hace falta que esté presupuestado.

'Un revés'

"Se trata de un revés para las ilegalidades y las políticas de extrema derecha", recalcó Andrés, a la vez que resaltó que hoy también es un mal día para Vox dado que PP y PSOE ya han anunciado su rechazo a un proposición del partido de Santiago Abascal para modificar la Ley del Diálogo Social.

Con esta sentencia el secretario general de CCOO ve restituida “parte de la normalidad democrática” que se perdió cuando gobernaba Vox. “No estábamos ante una cuestión de izquierdas o derechas, era algo más, era una cuestión de democracia”, aseguró, a la vez que reclamó Mariano Veganzones, y al exvicepresidente, Juan García-Gallardo, que paguen las costas impuestas a la Junta.

Esta sentencia contra las políticas de Vox, según Andrés, se suma a otra dos recientes. Una que declaró nulo el calendario laboral aprobado por el departamento de Veganzones sin consultar con el Diálogo Social, y otra que declaró vinculante los acuerdos del Diálogo Social como en el caso de la eliminación de la orientación para los desempleados. Además, también recordó la condena a Veganzones por injurias contra los sindicatos a los que tildó de “ladrones que teníamos que devolver los robado”.

“Sentencia tras sentencia se está demostrando que esta gente vino aquí sin ningún tipo de intención de gobernar para la ciudadanía, y con el único objetivo de recortar derechos a las organizaciones sindicales, a las mujeres, a los inmigrantes y a todos los que no piensan como ellos”, apuntó Andrés, a la vez que recordó que Veganzones eliminó prácticamente todas las ayudas públicas a la integración social de los colectivos más vulnerables.

El secretario general también reconoció que CCOO tuvo que superar momentos difíciles al verse privado de estos fondos y tener que afrontar un ajuste en la plantilla, a la vez que se felicitó por el hecho de que Vox esté fuera del Gobierno Autonómico, dado que se trata de un partido que no “cree en las comunidades autónomas y que desde dentro solo trata de dinamitarlas”.

Por último, además de recordar todas las acciones organizadas por el sindicato en la calle, en las instituciones, incluidas el Parlamento Europeo y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y también en los tribunales contra las políticas de la “extrema derecha”, recalcó que CCOO tiene derecho a estas ayudas por las “obligaciones” que la Constitución establece para las organizaciones sindicales, a la vez que puso en valor los avances sociales registrados gracias al Diálogo Social y que luego han sido seguidos por el Gobierno central, entre los que resaltó la Renta Garantizada de Ciudadanía, un modelo de aplicación de ERTEs que luego fue aplicado a nivel nacional durante la pandemia, o que Castilla y León se convierta en 2002 en la primera comunidad con una Ley de Dependencia.

El razonamiento del tribunal

La sentencia recuerda que en este caso la exigencia de que las leyes de presupuestos recojan una subvención nominativa aparece en el artículo 16 de la Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo Social y regulación de la participación institucional, artículo que lleva la rúbrica fomento y financiación.

El tribunal asume que nada se indica sobre el importe de la mencionada subvención, por lo que no existe un derecho a percibir una importe concreto, ahora bien, recalca que “estas subvenciones nominativas se han concedido a la entidad recurrente en los ejercicios 2019 a 2022 en correlación a lo previsto en las correspondientes leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma para la participación institucional siendo el importe concedido en cada anualidad de 1.237.702 euros, de manera que, en cierta medida, se ha generado una expectativa económica a recibir esa cantidad por parte del sindicato recurrente”.

En este contexto, el TSJCyL expone: “Ciertamente ningún impedimento normativo hubiera impedido a la Administración demandada modificar ese importe, pero habría sido necesario motivar o exponer las razones que justifican la necesidad de proceder a este cambio”.

“Teniendo en cuenta que en este caso no consta ninguna razón o justificación que abogue por reducir o por limitar el montante económico, procede reconocer el importe reclamado, más la actualización anual correspondiente conforme al IPC, que coincide con el que se venía reconociendo en años anteriores”.